Consejos sobre Privacidad en Internet (II)

Privacidad en Internet  (II)

Siguiendo con los consejos que la propia Agencia Española de Protección de Datos (agpd) nos da sobre el cuidado que debemos tener en Internet y enfocado sobre todo a los padres, profesores y sobre todo menores,
hoy publicamos la segunda y última parte que pretende ser un acercamiento al menos somero pero no profundo
(que ya iremos viendo en otros artículos) de diversas advertencias y cuidados que debemos de tener cuando navegamos por internet.

(Consejos sobre Privacidad (I))

Consejos sobre Privacidad en Internet

  • Existen dentro de Internet los llamados “Secuestradores de Carpetas”
  • es por ello que es tan importante no abrir ficheros de gente desconocida o enlaces a sitios web y siempre deberemos de hacer copias de todas nuestras fotografías, documentos, vídeos…
  • Las descargas de aplicaciones las deberemos de realizar desde sitios de confianza.
  • A la hora de establecer y crear un “login” hay que evitar que contenga:
  • tu nombre, edad, fecha de nacimiento y deberemos de huir de aquellas web que nos solicitan demasiada información.
  • Sobre todo a los menores que se les pide el nombre de los padres, domicilio, aficiones… En estos caso utilizaremos contraseñas de 8 caracteres, mezclando mayúsculas y minúsculas, caracteres especiales (@,#…) y números.

También…

  • Debemos de saber a quién estamos dando nuestra información y que uso van a dar de la misma. Quienes son, que hacen, a que se dedican y sobre todo tener la opción de poder borrar tus datos en cualquier momento y sin opciones complicadas. Todas las páginas Web están obligadas a cumplir con estos requisitos en el apartado que deben de tener siempre y que se llama: “políticas de privacidad” (conviene que sean leídas).
  • Antes de compartir una fotografía o vídeo, deberemos de tener claro quién va a poder verlas y que uso se van a dar a las mismas. Si queremos que nos borren una foto y no hacen caso de dicha petición, deberemos dirigirnos al responsable de la web a fin de poder ejercer nuestro “derecho de cancelación” o “derecho al olvido”.
  • Si recibes comentarios o mensajes molestos se pueden considerar como “delito de acoso” y es perfectamente denunciable. En estos casos se recomienda no borrar dichos comentarios y captar una imagen de la pantalla donde aparecen:  “pantallazo”, a fin de poder adjuntarlo con la denuncia que realizaremos en la policía o guardia civil.
  • De la misma manera cuidado con lo que escribes en Internet, y no realices comentarios a nadie de este tipo, pues el delito de acoso lleva aparejada penas de prisión.
Privacidad en Internet. Protección de Datos en Internet
Privacidad en Internet. Protección de Datos en Internet

Más consejos sobre Privacidad en Internet:

  • Cada vez que envíes correos a distintas personas, deberás tener la precaución de poner “Con Copia Oculta” (Cco), así evitarás que otros vean la dirección de correo de los demás destinatarios.Esto que parece lógico y que todos conocemos, se sigue produciendo con bastante frecuencia y tenemos que tener presente que algunas personas no desean que se facilite su correo a otros, pudiéndonos llevar una sorpresa en el caso de que nos denuncien.
  • Cuidado también con los comentarios que ponemos en blogs, chats, foros o redes sociales…Utiliza mensajes privados si vas a dirigirte a una persona dentro de tu círculo de amigos y no lo pongas en “Público”. Configura muy bien tu área de privacidad de las redes sociales para que solo te vean quien tú quieres que te vea y sepa de ti. De lo contrario los amigos de tus amigos conocerán tu perfil y mensajes que añades.
  • Si te incluyen en un grupo y no quieres estar en el, bórrate de inmediato y si persisten en incluirte, te tendrás que dirigir al administrador de dicho grupo.
  • En Redes Sociales, no etiquetes a nadie en una foto que no te haya dado el consentimiento.
  • Apaga el GPS (geolocalizador), WIFI y BLUETOOTH, cuando no lo estés utilizando, además de ahorrar batería evitarás problemas de seguridad.
  • Además, ten cuidado con las cámaras de los móviles, ordenadores fijos y portátiles o tabletas,
  • cualquier “hacker” puede observarte a través de la misma sin que lo sepas. Utiliza una pegatina y tapa tu cámara cuando no la utilices.

De Legalis Consultores:
 Este artículo sobre Privacidad en Internet se ha realizado:
sobre textos de la Agencia Española de Protección de Datos y otras fuentes jurídicas.

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Adaptación a la lopd y lssi (Legalis Consultores)

Lopd y Lssi

Adaptación y Auditorías a la Ley de Protección de Datos (lopd) y Ley de Servicios de Sociedades de la Información y Comercio Electrónico (lssi) por “Legalis Consultores”.

Actualmente tanto los Autónomos, Empresas, Asociaciones, Comunidades de vecinos están obligados por la Ley 15/1999 de 13 de diciembre (LOPD) a estar perfectamente adaptados a la misma e inscritos sus ficheros en la Agencia Española de Protección de Datos (AGPD): lopd y lssi-ce.

También para aquellos que tengan una Página Web o pretendan tenerla e incluso una Tienda Online, a parte de la ley anterior:

Deberán estar adaptados a la Ley de Servicios de Sociedades de la Información y Correo Electrónico (lssi-ce), en cuanto a políticas de privacidad, avisos legales y ley de cookies entre otras.

No se trata de verlo como una obligación, cuyas sanciones pueden ser importantes a nivel económico, sino más bien de dar a sus clientes, proveedores, empleados una garantía de que sus datos van a estar protegidos y adecuados a la normativa jurídica, dando un valor añadido a su propio negocio.

Desde Legalis Consultores realizamos pre-auditorias, auditorias, adaptaciones y todo tipo de asesoramiento jurídico en cualquier momento que lo necesite tanto para la lopd y lssi como en cualquier otra materia jurídica que necesite.

También asesoramos y realizamos auditorías en los casos de que tenga que poner en su negocio cámaras de vigilancia,
saber que es lo que permite la ley y que limitaciones tiene.

Entender que no puede poner cámaras de vigilancia en cualquier lugar y los deberes de comunicación.

Adaptación a la lopd y lssi-ce por LEGALIS CONSULTORES

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Las Cookies en la Ley de Protección de Datos. Parte II.

 

Las Cookies en la LOPD. (II).

2ª Parte.

Los ELEMENTOS que intervienen en todo proceso donde se utilizan las famosas Cookies son:

1.- COOKIES:

Se definirían como todo tipo de “Archivo” o “Dispositivo” que se descarga en un “Equipo Terminal”
(Ordenador, Teléfono Móvil, Tableta…)
de cualquier “Usuario” (tanto Persona Física como Persona Jurídica),
con la finalidad de Almacenar Datos (desde pocos Kilobytes a muchos Megabytes)
y que podrán ser actualizados y/o recuperados por la Entidad responsable de la instalación.

Además, hay varios tipos de Cookies y para su clasificación vamos a diferenciarlos de acuerdo a su función:

En Función de la Entidad que las gestiona:

  • Cookies Propias: Son aquellas que se envían al equipo terminal del usuario desde un equipo o dominio gestionado por el propio editor y desde el que se presta el servicio solicitado por el usuario.
  • Cookies de Terceros: Son las que no son gestionadas por el editor sino por otra entidad que trata los datos obtenidos a través de las Cookies.

En Función del Plazo de Tiempo:

  • Cookies de Sesión: Sirven para recabar y almacenar datos mientras el usuario accede a una página web para la prestación del servicio solicitado por el usuario en una sola ocasión (p.ej. Lista de Productos Contratados).
  • Cookies Persistentes: Los datos siguen almacenados en el terminal y son de acceso directo y tratados por el responsable de la cookie.

En Función de su Finalidad:

  • Cookies Técnicas: Permiten al usuario la navegación a través de una página Web, plataforma o aplicación. Sirven para controlar el tráfico y comunicación de datos, realizar el proceso de compra de un pedido, realizar la inscripción en un evento, utilizar elementos de seguridad durante la navegación, almacenar contenidos para su posterior difusión de vídeos o sonidos o incluso para compartir contenidos en redes sociales.
  • Cookies de Personalización: Establecen una serie de criterios en el terminal del usuario como por ejemplo sería el Idioma, el Tipo de Navegador,  la Configuración Regional…
  • Cookies de Análisis: Permiten a los responsables de las mismas, el seguimiento y análisis del comportamiento de los usuarios de los sitios web a los que están vinculados. Sirven para elaborar perfiles de navegación de los usuarios, aplicaciones y plataformas, con el fin de introducir mejoras en función del análisis de los datos de uso que hacen los usuarios del servicio.
  • Cookies Publicitarias: Permiten la gestión de espacios publicitarios que, a su vez, el editor haya incluido en una página web desde la que presta el servicio.
  • Cookies de Publicidad Comportamental: Estas Cookies almacenan información del comportamiento de los usuarios, obtenida a través de la observación continua de sus “hábitos de navegación”, permiten desarrollar un perfil específico para mostrar publicidad en función del mismo.

Otros Elementos.

2.- DATO:

Es la información que se almacena y/o recupera del equipo terminal del usuario a través de las cookies.

3.- EQUIPO TERMINAL:

Es el dispositivo donde se descarga la cookie y desde el cual el usuario accede al servicio y que, como decíamos anteriormente, puede ser un ordenador personal, un teléfono móvil, una tableta…

4.- SERVICIOS DE SOCIEDADES DE LA INFORMACIÓN:

Es todo servicio prestado a petición individual de un usuario y a título oneroso o no, a distancia, por vía electrónica, siempre que constituya una actividad económica para el editor cuya prestación origina la utilización de las cookies.

5.- PÁGINA WEB:

Las Cookies o dispositivos de almacenamiento han estado siempre asociadas a las páginas web pero en la actualidad y con el crecimiento de las nuevas tecnologías se incluye también aquí las aplicaciones para teléfonos inteligentes y tabletas.

6.-  ESPACIO PUBLICITARIO:

Es un lugar en el que el editor prevé, cuando programa la página web, que aparezca la publicidad de los productos, imagen o servicios de los anunciantes:

banners”, “rascacielos”, “roba páginas”, “pop ups”, “layers”, “cortinillas”

Esto es lo que respecta a los ELEMENTOS.

Ahora vamos a ver…

…LAS PARTES INTERVINIENTES:

1.- USUARIO:

Es el destinatario, persona física que accede al servicio prestado por un editor. Puede ser “usuario registrado” o “no registrado”.

2.- EDITOR:

Es cualquier entidad prestadora de servicios de la sociedad de la información, titular de una página web a la que puede acceder un usuario y para cuya prestación se utilizan cookies.

3.- ANUNCIANTE:

Es la entidad, cuyos productos, servicios o imagen se publican a través de los espacios publicitarios de los que disponen, en su caso, los editores en sus páginas.

4.- OTROS INTERVINIENTES:

Agencia de Publicidad y Agencia de Medios, Redes Publicitarias, Empresas de Análisis y Medición.

También, otro de los elementos que aparecen, pero que desarrollaré en el próximo post (parte III) son…

…las OBLIGACIONES DE LAS PARTES.

Además, las Obligaciones Legales impuestas por la normativa se resumen  en realidad en dos:

  • La Obligación de Informar”.
  • La Obligación de Obtener el Consentimiento”.

En el próximo Post: Parte III, trataremos a fondo el tema legal de las Cookies: 

Las cookies en las redes sociales. Parte III
De legalis Consultores sobre textos de la Agencia Española de Protección de Datos.

 

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