Nueva Ley de Protección de Datos. LOPDGDD. 3/2018

PODCAST DEL CAPÍTULO

Aprobada la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales

La normativa, que ha obtenido un apoyo parlamentario del 93%, adapta el derecho español al modelo establecido por el RGPD

La Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales ha sido aprobada con un 93% de apoyo parlamentario.

La nueva normativa, que adapta el derecho español al modelo establecido por el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), introduce novedades mediante el desarrollo de materias contenidas en el mismo.

Novedades de la LOPD-GDD

La Ley facilita que los ciudadanos puedan ejercitar sus derechos al exigir, en particular, que los medios para hacerlo sean fácilmente accesibles.

Además, se regula el modo en que debe informarse a las personas acerca del tratamiento de sus datos optándose, específicamente en el ámbito de internet, por un sistema de información por capas que permita al ciudadano conocer de forma clara y sencilla los aspectos más importantes del tratamiento, pudiendo acceder a los restantes a través de un enlace directo.

Otros aspectos novedosos

Otro de los aspectos novedosos incluidos en la nueva normativa es que se reconoce específicamente el derecho de acceso y, en su caso, de rectificación o supresión por parte de quienes tuvieran vinculación con personas fallecidas por razones familiares o de hecho y a sus herederos.

La medida limita el ejercicio de estos derechos cuando el fallecido lo hubiera prohibido.

Menores de edad

En cuanto a los menores, la Ley fija en 14 años la edad a partir de la cual se puede prestar consentimiento de manera autónoma.

También se regula expresamente el derecho a solicitar la supresión de los datos facilitados a redes sociales u otros servicios de la sociedad de la información por el propio menor o por terceros durante su minoría de edad.

Sistema educativo y Curriculums

La Ley refuerza, como propuso la Agencia, las obligaciones del sistema educativo para garantizar la formación del alumnado en el uso seguro y adecuado de internet, incluyéndola de forma específica en los currículums académicos y exigiendo que el profesorado reciba una formación adecuada en esta materia.

A tal efecto, el Gobierno deberá remitir en el plazo de un año desde la entrada en vigor de la Ley un proyecto de ley dirigido específicamente a garantizar estos derechos y las administraciones educativas tendrán el mismo plazo para la inclusión de dicha formación en los currículums.

Derecho al Olvido

El texto regula, asimismo, el derecho al olvido en redes sociales y servicios de la sociedad de la información equivalentes.

Se exceptúa la supresión cuando los datos hubieran sido facilitados por terceros en el ejercicio de actividades personales o domésticas.

Sistema de Denuncias

Por otra parte, la Agencia ha propuesto que se recogieran en la Ley los sistemas de denuncias internas anónimas, a través de los cuales puede ponerse en conocimiento de una entidad privada la comisión de actos o conductas que pudieran resultar contrarios a la normativa.

Estos sistemas son imprescindibles para que las personas jurídicas puedan acreditar la diligencia necesaria para quedar exentas de responsabilidad penal.

De este modo, la Ley dota a las empresas de un mecanismo que les permite conciliar su propio derecho con el derecho a la protección de datos de las personas.

Dispositivos de Videovigilancia

Además, la Ley actualiza las garantías del derecho a la intimidad frente al uso de dispositivos de videovigilancia y de grabación de sonidos en el lugar de trabajo.

Asimismo, refuerza las garantías del derecho a la intimidad en relación con el uso de dispositivos digitales puestos a disposición de los empleados, complementando la regulación del derecho a la intimidad ante la utilización de sistemas de geolocalización en el ámbito laboral, de los que deberán ser informados.

Ficheros de Morosos

Otra novedad es la referida a la regulación de los sistemas de información crediticia (los conocidos como ficheros de morosos), que reducen de 6 a 5 años el periodo máximo de inclusión de las deudas y en los que se exige una cuantía mínima de 50 euros para la incorporación de las deudas a dichos sistemas. Con la anterior Ley, no existía una cantidad mínima.

Competencia Desleal

Por último, se modifica la Ley de competencia desleal, regulando como prácticas agresivas las que tratan de suplantar la identidad de la Agencia o sus funciones y las relacionadas con el asesoramiento conocido como ‘adaptación a coste cero’ a fin de limitar asesoramientos de ínfima calidad a las empresas.

De Legalis Consultores sobre texto extraído de la página web de la Agencia Española de Protección de Datos: AEPD.

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Agencia Española de Protección de Datos. Memoria 2015. (parte 2)

Agencia Española de Protección de Datos.

En esta segunda parte,
vamos a seguir analizando lo publicado en la Memoria del año 2015 de la propia Agencia Española de Protección de Datos.
Como hecho relevante hay que decir que incluye el PLAN ESTRATÉGICO 2015-2019Contenido del Plan Estratégico de la propia Agencia.

En este punto es importante señalar las actuaciones.
Estas  van a estar centradas en trabajar con las empresas.
El objetivo es que mejoren sus políticas de protección de datos, así como en orientar también al ciudadano sobre como puede ejercer sus derechos:

Los Derechos A.R.C.O. y Derecho de Tutela

Se trata de analizar las deficiencias que existen en las empresas españolas en materia de protección de datos, auditarlas y dar soluciones, elaboración de una guía para la presentación de quejas y reclamaciones ante compañías de Telecomunicaciones y otras de prestación de servicios, la colaboración con las Administraciones Públicas y Organizaciones Sociales orientadas a la protección de los consumidores y usuarios y la elaboración de fichas prácticas para los ciudadanos.

Dentro de la Memoria y respecto a procedimientos resueltos e iniciados a instancia de los ciudadanos que acuden a la Agencia reclamando la Tutela de sus Derechos, ocupan en primer lugar los procedimientos de cancelación (1.329), acceso (608), oposición (130) y rectificación (97).

Estas cifras ponen de manifiesto, un año más, que los ciudadanos dan prioridad a que las entidades dejen de tratar sus datos personales cuando lo solicitan.

Tutela de Derechos. AEPD
Tutela de Derechos. AEPD

Derecho al Olvido

En los caso de procedimientos de Tutela por el denominado “Derecho al Olvido frente a los buscadores”: Contenido del Derecho al Olvido en Buscadores, desde la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del años 2014, la Agencia ha dictado 371 resoluciones sobre este asunto, en las que se ha estimado la petición del ciudadano en 157 ocasiones y desestimado en 82.

En 131 casos, la petición se ha inadmitido ya que los reclamantes no se habían dirigido con anterioridad al buscador solicitando la cancelación previa de los datos, tal y como exige la legislación.
Durante el año 2015,  se atendieron casi 220.000 consultas planteadas por los ciudadanos a través de diferentes canales (+10´6% respecto al año 2014).

El año 2015 finalizó con más de 4´1 millones de ficheros inscritos.

esta cifra supone un aumento de casi un 10% respecto al cierre del año anterior.

De ellos, 3.950.620 ficheros eran de titularidad privada (96´17%) y 157.324 de titularidad pública (3´82%).

En el siguiente artículo, que publicaremos la próxima semana,
terminaremos de analizar la Memoria del año 2015 de la Agencia Española de Protección de Datos.

De Legalis Consultores sobre textos de la AEPD

Agencia Española de Protección de Datos (AEPD)
Agencia Española de Protección de Datos (AEPD)

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Aspectos Legales para montar una Tienda Online en España (1ª parte)

Tienda Online. Aspectos Legales (1)

Para montar una Tienda Online

Aspectos a considerar para montar una Tienda Online o Página Web

Vamos a dedicar los dos próximos artículos a asesorar sobre los pasos necesarios para poder crear una Tienda Online en España.

Hoy por hoy y debido fundamentalmente a la grave crisis económica que aún atravesamos sobre todo en políticas de empleo donde poco o casi nada se está haciendo y que queda demostrado por el hecho de seguir teniendo una tasa de desempleo por encima del 20% de término medio,

(sin contar a los menores de 30 años, mayores de 45 años e incluso parados de larga duración, donde los porcentajes en algunos casos son una verdadera aberración),

muchos se arriesgan a dar el paso de crear un negocio por internet,
que en apariencia parece fácil y que requiere pocos trámites.
Si bien el trabajo diario es fundamental (y cuando digo diario me refiero de lunes a domingo),…
…así como el dedicarle todo el tiempo necesario si va a constituir a partir de ahora nuestro proyecto de futuro.

Las VENTAJAS por tanto serían:

Facilidad en la creación de nuestra empresa o negocio, que además vamos a dedicarnos a algo que conocemos y nos gusta. Añadimos por tanto a ese plus de dedicación  algo de lo que tenemos conocimiento, experiencia y pasión.

Abarcar a un público mucho más amplio, al poder llegar a todos los rincones del mundo. Además abierto las 24 horas del día los 365 días del año.

• Es un escaparate perfecto, que no requiere su presencia “a pie de calle” y que debemos invertir en un buen diseño (nunca tendremos una segunda oportunidad de causar una primera buena impresión). “El que da primero da dos veces…”
Es por ello que contar con un equipo experto de diseñadores y programadores de páginas web y de mantenimiento de nuestra página ecommerce es prioritario.

Aquí no se debe escatimar en gastos y debemos de saber encontrar perfectos profesionales que van a ser un motor fundamental para que nuestra idea pueda funcionar.

• Vas a ser el jefe de ti mismo, en el caso de ser autónomo o podrás contar con uno o varios socios, caso de querer constituir una sociedad (Sociedad Civil Privada, Sociedad Limitada, Sociedad Anónima…).

En cualquier caso ser el jefe de uno mismo te da libertad para poder diseñar tus políticas de marketing y publicidad, de costes, beneficios, y decidir sobre todo lo que concierne a tu negocio posiblemente dedicándole más hora que cualquier trabajador por cuenta ajena pero, como decíamos antes, con total libertad.

• No es necesario pedir determinados permisos o licencias .
En cambio si que son necesarios cuando alguien monta una tienda física como son licencias de apertura, permisos de obra…

En cualquier caso vas a ser Autónomo (Freelance)

Pero, ¿qué significa realmente ser Autónomo?

“Ser autónomo es aquella persona que de forma habitual, personal y directa, realiza una actividad económica para ganar dinero.”

Algunas Sentencias de Tribunales definen lo que significa realizar una actividad de carácter habitual,
estableciendo que es aquella actividad que realizo de forma reiterada y continuada y que me permite generar unos ingresos que están por encima del salario mínimo interprofesional.

En la actualidad es de 21´84 euros al día, 655´20 euros al mes, 9.172´80 euros al año en 14 pagas (datos de Salario mínimo Interprofesional para el año 2016).

Tienda Online
Tienda Online

¿Cómo hacerse Autónomo?

Para darse de alta como trabajador Autónomo a efecto de poder crear una tienda online:

Hay que seguir muy bien una serie de pasos:

• Tener bien claro cuál es nuestro objetivo de ventas a través de nuestra tienda online. ¿Qué es lo que quiero vender?

Darme de alta en Hacienda a través de los modelos 036 o 037 donde deberemos de reflejar de forma clara cuál es nuestra actividad.

Darme de alta en la Seguridad Social en un plazo de tiempo no superior a un mes desde que nos dimos de alta en Hacienda.
La cuota de autónomo suele ser de 264´44 euros al mes, salvo que te des de alta por primera vez.

Es en este caso se aplicará la tarifa plana de 50 euros al mes durante los 6 primeros meses.

Es decir, 133´52 euros al mes los 6 meses siguientes y 186´92 euros al mes los últimos 6 meses siguientes.

A partir de ahí empezaremos a pagar la cuota mencionada anteriormente para cualquier autónomo.

En los supuestos de ser menor de 30 años o mujer menor de 35 años la cuota de 186´92 euros al mes se extiende hasta el mes 30.

Ante Hacienda

Lo normal es que al principio de nuestra actividad no generemos beneficios y es este hecho por lo que recomendamos no darse de alta  hasta empezar a facturar.

Otros modelos a presentar cuando empecemos nuestro negocio ecommerce son el modelo 303 que es para declarar las compras y ventas realizadas en España durante cada trimestre y el modelo 349 que es para declarar las compras y ventas realizadas en la Comunidad Europea durante cada trimestre.

El modelo 130 o 131:

Que es el pago a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Otras normativas

En cuanto a las demás normativas y que desarrollaremos en el siguiente post sería: estar adaptado a la Ley de Protección de Datos Personales (LOPD), entre otras cosas porque recabamos datos personales a través de formularios, la Ley de Servicios de Sociedades de la Información y el Comercio Electrónico (LSSI-CE):

AVISOS LEGALES, POLÍTICA DE COOKIES, POLÍTICA DE PRIVACIDAD,
precisamente por utilizar página web y comercio online y la Ley de Defensa de Consumidores y Usuarios (CONDICIONES GENERALES DE VENTAS ONLINE) que pretende garantizar los derechos y deberes de los consumidores y usuarios a través de las transacciones por internet.

Todas estas leyes son de obligado cumplimiento y son necesarias tenerlas bien gestionadas y que estemos bien asesorados en todo momento pues no solo se trata de evitar sanciones elevadas sino dar una muy buena imagen de cara a nuestros posibles clientes en materia de seguridad jurídica y un servicio de calidad que nos diferencie de la competencia.

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Internet y tú presencia

 

 Tú en Internet

Debemos de concienciarnos de la importancia de tener una buena “Página Web Corporativa” o una “Tienda Virtual” (Online) en referencia a su diseño, optimización y siempre con un buen equipo detrás que nos arrope en todo momento y que cumpla con unas condiciones adecuadas de profesionalidad y eficacia.

También debemos tener presente que ese trabajo debe estar perfectamente adaptado a la Ley de Protección de Datos (LOPD) y a la Ley de Servicios de Sociedades de la Información y Comercio Electrónico (LSSI-CE), cumplir con las Políticas de Privacidad, Ley de Cookies y Avisos Legales particularizados.
Es lo que llamaríamos un producto entregado “Llave en Mano”.

Si no estás en Internet…No existes

Es por ello que LEGALIS CONSULTORES ha decidido dar un paso más y, como entendemos que hoy en día es tan necesario tener una presencia en Internet (“Si no estás en Internet…No existes”) como cumplir perfectamente lo que marcan las leyes y el derecho, hemos decidido unirnos con PIXEL ST (www.pixelst.es), verdaderos artistas del diseño web corporativo profesional con una larga trayectoria de más de 10 años y clientes tanto Públicos: Generalitat Valenciana, Cámaras de Comercio… como Privados: Restaurantes  españoles emblemáticos, cadenas hoteleras, arquitectos, servicios sanitarios de prestigio, academias de enseñanza…

Consultores de Proyectos Web integrales

Es por ello que queremos hacer público este acuerdo para su general conocimiento de cara a que el ciudadanos, empresario, autónomo… cualquier profesional tenga a unos Consultores de Proyectos Web Integrales, que estén con él en todo momento que los necesite (que no se sientan abandonados), que estén bien asesorados en función de lo que desea el cliente en materias como la Creación y Diseño de Webs Corporativas, Comercio Electrónico (Woo Commerce), Creación y Diseño de Plataformas de Enseñanza (Elearning) con Administración e incluso Tutorización de alumnos, Posicionamiento SEO y SEM, Hosting, Dominios, Planificación de Estrategias de Marketing Online y además que cuenten con un Asesoramiento Jurídico Integrado.

Comenzamos una nueva andadura, acorde a los tiempos que vivimos y, donde el cliente pueda sentirse no sólo satisfecho sino sobre todo tranquilo, sabiendo que confiando en nosotros puede dedicarse a centrarse por entero en su actividad.

Presencia legal

Nuestra meta es que “el cliente pueda estar presente (en Internet), pero que lo esté legalmente”.

Esperemos que este nuevo Rumbo sirva para que nuestro posible cliente pueda tomar una decisión acertada.

Trabajamos a nivel de toda España y con un estudio previo minucioso y sin compromiso.

¡Queremos estar Contigo! Que confíes en nuestra experiencia de años y en nuestro trabajo profesional. Queremos quitarte problemas y por supuesto¡Queremos darte Soluciones!

Te esperamos.

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Ecommerce (Tiendas Online) en España. Parte 2: Un Negocio en Auge

  

Tiendas Online en España. Parte 2

Tiendas Online o Ecommerce

Finalizo con este segundo post el tema dedicado a las Tiendas Online en España (Ecommerce) y su regulación debido al éxito y auge que han experimentado durante estos últimos años, tal como apunté en mi anterior artículo:

Tiendas Online en España. Parte 1

  • Recordar por tanto que la normativa al respecto está contemplada fundamentalmente en:
  • Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD) y su Reglamento: Ley 15/1999 de 13 de diciembre que establece multas según el nivel de seguridad de los datos que se utilicen: Nivel Bajo: desde 900 euros hasta 40.000 euros, Nivel Medio: desde 40.001 euros hasta 300.000 euros y Nivel Alto: desde 300.001 hasta 600.000 euros.
  • Ley de Sociedades de Servicios de la Información y del Comercio Electrónico (LSSI-CE). Ley 34/2002.
  • La Normativa respecto a la Ley de Comercio Minorista. Ley 7/1996.
  • Real Decreto legislativo de “Defensa de Consumidores y Usuarios”
  • Ley de Condiciones Generales de Contratación.

¿Qué dice la Ley de Servicios de Sociedades de la Información y Comercio Electrónico (LSSI-CE)?

La LSSI-CE establece de forma clara que es de obligado cumplimiento que en todas las Páginas Web aparezcan, como ya dije, el nombre de la empresa, CIF, domicilio social, dirección email e incluso los datos de inscripción en el Registro Mercantil (no será preciso evidentemente en los casos de ser autónomo).

En los casos que queramos realizar “correos publicitarios”, deberemos poner la coletilla: “CORREO COMERCIAL” o “PUBLICIDAD (PUBLI)”, dando a su vez facilidad para que el receptor del mismo pueda darse de baja sin problemas.

Evidentemente deberemos tener en cuenta enviarlo siempre con Copia Oculta.

En el PRECIO de los Productos, Reservas o Servicios, se deberá informar de todas las condiciones de contratación: Precio, Impuestos, Gastos de Envío (en el caso de que los haya), Plazos, Condiciones de Entrega, tanto antes de la formalización como después.

Se deberá incluir el proceso de reclamación y devolución en un lugar visible de la Web.

Respecto a las Políticas de Cookies. Se deberán informar de una manera clara, completa y previa a la instalación de cookies en el ordenador y deberemos de recabar el consentimiento informado del visitante.

1.-Las Cookies en La LOPD y LSSI. Parte 1:

Las Cookies en la ley de protección de datos. Parte I

2.-Las Cookies en la LOPD y LSSI. Parte 2:

Las Cookies en la ley de protección de datos. Parte II

3.-Las Cookies en la LOPD y LSSI. Parte 3:

Las Cookies en las redes sociales. Parte III
La Ley de Contratación, establece que las cláusulas deberán redactarse con claridad, transparencia, ser concretas y sencillas de comprender y deberán ser conocidas y comprendidas en su totalidad por el cliente antes de la firma del contrato o compra del producto o servicio.

En cuanto a la Ley de Comercio Minorista establece que las ventas Online realizadas a través de una “Tienda Virtual”, son consideradas como ventas a distancia y se deberá de aplicar por tanto la Ley 7/1996 de Ordenación del Comercio Minorista.

Las Condiciones son: Plazo de ejecución y pago: Si no se indica lo contrario el plazo de entrega será de 30 días contados desde la recepción del pedido. El Plazo de desistimiento pasa de 7 días a ser de 14 días naturales con la nueva normativa europea, no debiendo el cliente justificar ninguna razón por tal desistimiento ni aplicará la empresa ninguna penalización tampoco por ello. El Cliente se hará cargo de los gastos de devolución.

Desde Legalis Consultores y todo nuestro equipo podemos realizar un “estudio gratuito” para realizar el diseño de su Tienda Virtual y adaptarla a la normativa, así como realizar su mantenimiento para poder estar al día. Dándole asesoramiento (incluso jurídico) continuo y permanente.

Póngase en contacto con nosotros y le atenderemos con celeridad, eficacia y profesionalidad.

De Legalis Consultores (Ignacio Puig Carles)

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