Delitos cometidos a través de Twitter

Delitos en Twitter

Actualizado con fecha 30/04/2020

Navegando por Redes Sociales

Hoy en día se mantienen dudas respecto a los posibles delitos que uno puede cometer a través de twitter y por extensión, a través de cualquier red social.

-Libertad de expresión-

  • Muchos incluso piensan que tales delitos no pueden ser cometidos y que en las redes sociales prima más el “derecho de libertad de expresión” frente a cualquier otro derecho.
  • Otros además afirman que no puede existir delito al no estar contemplado como tal en el ordenamiento jurídico español.
    Pues bien, hay que afirmar que tales delitos están perfectamente regulados dentro del ordenamiento jurídico español y que no sólo se puede actuar frente a estos delitos cometidos en redes sociales sino que además ya se viene haciendo desde hace años.
    No se trata de nada badali, y los usuarios de dichas redes sociales deben de ser conscientes de que, a pesar de existir el derecho a la libertad de expresión, aquí no todo vale.
    Es más, tras la reforma del código penal en julio de 2015 incluso algunas actuaciones cometidas en dichos medios, pueden llevar aparejadas penas de prisión.

Los Delitos más comunes

Los delitos más comunes en redes sociales son:

1.- “Detito de Amenazas, que viene recogido en el artículo 169 del Código Penal español y que establece: “El que amenazase a otro con causarle a él, a su familia o a otras personas con las que esté íntimamente vinculado, un mal que constituya un delito de homicidio, lesiones, aborto, contra la libertad, torturas y contra la libertad moral, la libertad sexual, la intimidad, el honor, el patrimonio y el orden socioeconómico…”

Este es el típico delito que suele cometerse en Twitter y otras redes sociales de comentarios inmediatos y, precisamente por realizarse de forma pública, puede llevar aparejadas penas de privación de libertad, que pueden ir desde los 6 meses hasta los 5 años, en función de la gravedad de la amenaza y de posibles agravantes.

2.- “Delito de Calumnias, es una calumnia, la imputación de un delito hecha con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio a la verdad. Serán castigados con penas de 6 meses a 2 años de prisión o multa de 12 a 24 meses, si se propagan con publicidad (como es el caso que analizamos).

3.- “Delito de Injurias, Es la acción o expresión que lesionan la dignidad de las personas, menoscabando su forma o atentando contra su estimación.

Llevará penas de multa de 6 a 14 meses.

En los Juzgados

En los juzgados españoles son cada vez más las denuncias presentadas por este delito, llegando a colapsar los órganos judiciales.

Otros delitos que pueden cometerse a través de Redes Sociales son: Delitos de Revelación de Secretos, contra la Corona, contra Instituciones del Estado, contra los Derechos Fundamentales, de Ultraje a España a sus símbolos o emblemas, Delito de enaltecimiento del Terrorismo, Delitos contra el Honor e Intimidad de las Personas, Delitos de Odio…

Delitos en Twitter
Delitos en Twitter

¿Qué hacer?

Lo que hay que hacer si uno es víctima de alguno de estos delitos es recabar la máxima información posible:

Capturas de pantalla, fotografías de las amenazas o insultos, se aconseja además levantar acta notarial del contenido.

Todo esto servirá para fundamentar bien los hechos delictivos ante un tribunal y facilitar la identificación de los autores.

También el ciudadano puede hacer una denuncia online a través de la página web de la Guardia Civil , adjuntando la dirección web (url), de esa página que aloja, según sus sospechas, algún contenido delictivo.

Por tanto, como ciudadanos debemos de saber que no podemos decir lo que queramos a través de twitter o cualquier red social, ya que sin saberlo podemos estar cometiendo un delito.
La condena será mayor pues las redes sociales tienen una gran publicidad y alcance.

Se persigue que el delito tenga una gran difusión, ya que el perjuicio será mayor y por tanto la pena.

Cuando se es víctima de este delito

En caso de ser víctimas, deberemos denunciar también en las propias redes sociales ante los administradores de las mismas.

Como he señalado de forma previa es necesario hacer copia de todo.

Por tanto seamos conscientes, de la implicación de estos delitos.
Sí están regulados y penados en el código penal español.
Seamos conscientes de lo que publicamos y sepamos cómo actuar en el caso de ser víctimas de alguno de estos delitos.

Libertad de expresión vs derecho al honor
Libertad de expresión vs derecho al honor

De Legalis Consultores a través de diversos textos jurídicos.

Logotipo Legalis Consultores

Legalis Consultores.

Si te ha gustado te agradeceríamos puedas compartirlo en tus redes sociales y te suscribas a nuestro BOLETÍN DE NOTICIAS de www.legalisconsultores.es

Siguenos también por FACEBOOK: www.facebook.com/legalisconsultores.es

y en TWITTER: @LegalisConsult

Gracias y…Te esperamos

La Mediación Familiar en procesos de Separación. (Parte 1)

 

La Mediación Familiar. (Parte 1)

Me toca tratar  de la Mediación aplicada a los procesos de separación/divorcio como medida para la solución de conflictos y donde entiendo  que, con una voluntad aplicada aquí en mayor medida, tiene unas posibilidades muy amplias de éxito.
Algunos piensan que No.

¡Yo estoy convencido de que SI!

Y además creo que es la mejor manera de llegar a la solución de muchos puntos divergentes que se producen tras esa sseparación/divorcio, donde cada parte quiere ganar (de eso se trata), además sin desgaste, sin tensiones innecesarias y sobre todo cuando hay hijos de por medio que es el bien más preciado que hay que salvaguardar.

No es una fórmula mágica y requiere de un trabajo específico y, como decía antes, de una Voluntad clara de las partes es simplemente la mejor manera de llegar a un consenso, para que ambas partes junto a los hijos tras la ruptura, salgan bien paradas.
Cuando hay una voluntad sincera y madura de resolver los problemas y evitar daños colaterales, la Mediación es la única fórmula como medio para solucionarlo.

¿Qué es imposible?, yo digo que no hay nada imposible y hay mucho que se puede hacer.

Odios y Venganzas

Los Odios, las Venganzas, no llevan a ningún lugar y, lo digo por experiencia propia.

Me hubiese gustado llevar mi separación a través de un proceso de Mediación Familiar, sigo luchando porque así sea y sé que al final lo conseguiré.

Se trata de acercar posturas y salvar lo que más necesitan nuestros hijos, a una Madre pero también a un Padre que les sirva de referencia dentro de un ambiente de armonía y respeto.

Ellos lo agradecerán y…muchísimo. Se evitan muchas situaciones dramáticas, recelos, situaciones de despecho, odios innecesarios que no llevan a ningún lugar.

Como decía no es Imposible (esta palabra la tenemos que enterrar). Es cuestión de querer hacerlo (por mucho dolor que uno guarde en su interior).

Al final el tiempo dará la razón a quien tenga que dársela, pero de momento el presente hay que resolverlo y por supuesto la Felicidad de nuestros hijos.

De Legalis Consultores (Ignacio Puig Carles).

Logotipo Legalis Consultores

Legalis Consultores

Si te ha gustado el artículo, te agradecería lo puedas compartir en tus redes sociales y te suscribas a nuestro BOLETÍN DE NOTICIAS de www.legalisconsultores.es

Siguenos también por FACEBOOK: www.facebook.com/legalisconsultores.es

y en TWITTER: @LegalisConsult

Gracias y…Te esperamos.

Esta web utiliza cookies propias y de terceros para analizar nuestros servicios y mostrarle publicidad relacionada con sus preferencias en base a un perfil elaborado a partir de sus hábitos de navegación. Al hacer clic en el botón Aceptar, acepta el uso de estas tecnologías y el procesamiento de sus datos para estos propósitos. Más informaciónPersonalizar Cookies   
Privacidad