10 consejos de la AEPD sobre Privacidad y Seguridad en dispositivos conectados (2ª y última parte)

Consejos de la AEPD 

Seguridad y Privacidad en Dispositivos Móviles

Seguimos con este post donde vamos a acabar de analizar los consejos de la AEPD (Agencia Española de Protección de Datos) sobre Privacidad y Seguridad en dispositivos conectados a internet.
El Post anterior a este es:

10 consejos de la AEPD sobre Privacidad y Seguridad en dispositivos conectados. (1ª parte)

privacidad y seguridad en internet. aepd. 2

Supuestos:

6.- La ubicación no siempre es necesaria

Es conveniente configurar el dispositivo móvil para que las apps te pidan permiso siempre que quieran acceder a tu ubicación y deberemos de comprobar si en tus redes sociales difunden tu posición. Por tanto se debe de activar la “geolocalización” únicamente cuando sea necesario.

7.- Juguetes conectados

Deberemos de comprobar en primer lugar si dichos juegos conectados pueden captar la voz o la imagen de menores, entre otros datos, mientras juegan con ellos y donde se van a almacenar.
Hay que revisar las políticas de privacidad para consultar que permisos se están concediendo y a quién y, sobre todo, que usos se van a dar a los mismos.

8.- Demasiadas contraseñas

Las contraseñas deben de ser robustas y es necesario utilizar una contraseña diferente para cada servicio.

¿Cómo las recordamos?

Evidentemente nos preguntaremos ¿Cómo las vamos a recordar todas?.

Para este caso es necesario utilizar un gestor de contraseñas que las almacena cifradas en el dispositivo y que para acceder a ellas, se utilice lo que se llama una “contraseña maestra”.

Lo que hay que evitar es tener las contraseñas almacenadas en el correo electrónico o en un documento sin seguridad.

9.- Educar a los menores

El “diálogo” y la “supervisión” son las mejores herramientas cuando los menores entran en contacto con la tecnología.

Es recomendable acordar con ellos para que van a utilizar los dispositivos y valorar si se quieren instalar herramientas de control parental.

Es conveniente que si los padres quieren utilizar un software de localización en el dispositivo para conocer la ubicación del menor, lo hablen previamente con él.

10.- ¿Sabes donde compras?

Hay que asegurarse, en primer lugar, que la dirección web de la página es en la que realmente quieres comprar y, antes de facilitar tu información, comprobar quién y para qué se utilizará dicha información, revisando bien la política de privacidad de dicha web o tienda Online, donde además tiene que venir reflejado de forma clara quién es el Responsable, cual es el Domicilio Social y ante quién y como podemos ejercer nuestros derechos.

Deberemos prestar especial atención a las casillas que te piden permiso para utilizar tu información de cara al envío de publicidad y no marcarlas si no estamos interesados, ya que no es obligatorio.

Sospecha de aquellas páginas que ofrecen precios excesivamente bajos.

privacidad y seguridad en internet.aepd.3

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Delitos cometidos en Redes Sociales. Parte II. Delito de Calumnias

Delitos cometidos en Redes Sociales. Parte II. Delito de Calumnias

Delito de Calumnias

En este caso vamos a tratar del Delito de Calumnias que se puede cometer en internet, redes sociales, blogs, foros, chats…y que se engloba también dentro de los llamados “DELITOS CONTRA EL HONOR”.

Este delito se encuentra recogido en el artículo 205 y siguientes del Código Penal español.

Una cosa es la Libertad de Expresión” que tenemos todos los ciudadanos y otra muy distinta es cometer este tipo de delitos amparándose en el anonimato que se supone (esa es la falsa creencia) pueden aportar estos medios.

Por desgracia este tipo de delitos no sólo han aumentado sino que su propagación va cada día a más, aunque también han aumentado los caso de detenciones de este tipo de delincuentes.

(En el año 2012 se detuvieron a casi 800 personas).

El problema es que la mayoría de los detenidos desconoce haber cometido el delito: revelar secretos de otro, ciber-acosar a través de internet, difundir rumores o amenazas, ya visto en otro post:

Delitos cometidos en Redes Sociales. Delito de Amenazas.,     atentar contra el honor de las personas, imputar delitos no cometidos:

“Delitos de Calumnias”, entrometerse en la vida privada de las personas (intimidad) y desvelar aspectos de la misma (sean ciertos o no).

En definitiva lo que se persigue con estos delitos es dañar de forma intencionada la imagen de otros.

El Código Penal español

En el artículo 205 y siguientes de nuestro Código Penal viene claramente definido el Delito de Calumnias como:

“La imputación de un delito hecha con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad”.

Cabe señalar, al igual que pasaba con el delito de amenazas y el delito de injurias (que trataré en el próximo post), que las penas se verán incrementadas si se emplean medios que faciliten su publicidad.

(Artículos 206, 209 y 211 del Código Penal).

La persona ofendida deberá de interponer denuncia en base al artículo 215:

“Nadie será penado por calumnias e injurias sino en virtud de querella de la persona ofendida por el delito o de su representante legal.

Bastará la denuncia cuando la ofensa se dirija contra un funcionario público, autoridad  o agente de la misma sobre hechos concernientes al ejercicio de sus cargos”.

Conexión a Internet

La proliferación de este tipo de delitos, habiendo 6 millones de españoles conectados a internet las 24 horas al día, como hemos señalado antes,
hace que los mismos se propaguen como un virus.

En caso de producirse el delito, la persona ofendida debe acudir con celeridad a cualquier comisaría de policía o guardia civil a poner la oportuna denuncia.

(Con la prueba de dicha denuncia: por ejemplo capturando las imágenes de pantalla).

Aquí el tiempo es importantísimo.

Acto seguido también solicitaremos la eliminación de dicha “calumnia” a la red social donde aparezca apelando a la política de privacidad.

Lo bueno es que hoy por hoy, este tipo de delitos dejan mucho rastro en internet, a través de la IP se puede identificar perfectamente al infractor a pesar de que se quiera ocultar entre las sombras.

De Legalis Consultores (Ignacio Puig Carles)

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