La Mediación y la resolución de Conflictos Laborales

La Mediación en asuntos Laborales

La Mediación Laboral

 Donde exista un conflicto entre partes es donde deberemos de buscar los cauces necesarios para la resolución de los mismos.
Por medios dialogados, voluntarios y más efectivos donde podamos encontrar una solución que satisfaga a ambas partes.

Dentro de las empresas, en muchas ocasiones, surgen conflictos.
Son problemas reales donde hay que buscar soluciones inmediatas e intentar evitar, en la medida de lo posible, la vía judicial.

Como medida alternativa a la resolución de los conflictos en el ámbito empresarial nos encontramos con la figura del “Mediador Laboral”.

No estamos ante una simple Negociación, en la Mediación Laboral, las partes transmiten al mediador toda la información valiosa que entre ellos mismos o por sus propios medios no hubiesen encontrado ni transmitido.

Posibles Conflictos laborales

Esta figura puede ser muy útil para conflictos relativos a:
Cambios de turno, jornadas laborales, interpretación de reglamentos internos, clima laboral, interpretación de clausulas de trabajo, relación de la dirección o jefatura con el empleado, diferencia entre trabajadores, interpretación de convenios colectivos, temas relacionados con tareas y responsabilidades de los empleados, problemas sindicales y un sinfín de materias donde se podría intervenir.

El mediador es una figura intermedia entre las partes que no va a tomar decisiones, sino que va a escuchar, preguntar, sondear, y ayudar a las partes, va a dirigir el proceso de comunicación para poder desentrañar el problema y, una vez detectado, las partes deberán de buscar la solución o soluciones.

Principios de la Mediación

Antes todo deberá de existir “Confianza” no sólo frente al mediador, sino frente al proceso de mediación.

El Mediador debe ser una persona imparcial, neutral, abierto a la escucha activa y deberá empatizar con las partes.

Otro tema muy importante es que el proceso debe ser totalmente confidencial.

La Mediación es un proceso Voluntario, Flexible
y lo más importante es el alto ahorro de costes que se puede conseguir comparándolo con la vía judicial e incluso arbitral (que en algunos casos puede llegar a ser de hasta el 76%).

También, es importante destacar que la desconfianza desmejorada de las relaciones laborales, puede generar una disminución en la productividad de las empresas.

Es por todo ello que debemos de apostar por esta vía de resolución de conflictos en el ámbito laboral e interprofesional,
en búsqueda de soluciones consensuadas por las partes.

De Legalis Consultores (Ignacio Puig Carles)

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9 Reglas de la Creatividad

De la Creatividad

1.-HAZ MÁS DE LO QUE TE PIDEN

No te conformes con lo que hay que hacer, llega a más, que no te importe, pero sobre todo…¡Muévete!

“No sólo hay que ser bueno sino parecerlo”.

2.-PRUEBA COSAS NUEVAS

Y sobre todo…en estos tiempos de Crisis:

Lee, estudia, aprende cosas nuevas, viaja.

También, experimenta siempre con cosas que hasta ahora no habías realizado.

Todos tenemos posibilidades innatas para realizar cosas que creíamos no podríamos hacer (Uno no sabe de lo que es capaz de hacer, hasta que lo hace).

3.-ENSEÑA A LOS OTROS A HACER LO QUE SABES

No te lo guardes para ti, muéstrate, ábrete al Mundo.

Si tienes experiencia en lo tuyo, en lo que sea, ¿Porqué no lo compartes? ¿Te avergüenzas de ti mismo?

¿No es maravilloso compartir tu propia sabiduría, de la misma manera que un padre enseña a sus hijos por su experiencia en la vida?

4.-CONVIERTE EL TRABAJO EN UN JUEGO

Hay que disfrutar de la Vida, también hay que disfrutar del Trabajo (caso de tenerlo).,. sino es así…¡Olvídate!, no es lo tuyo.

Otra cosa es que trabajes por necesidad, pero cuando puedas.

Reconduce tu camino.

5.-TÓMATE UN RESPIRO

¡Párate! Busca la soledad, medita sobre tu vida, reflexiona, busca un tiempo para Ti…¡Qué Maravilla! Y,
…sigue caminando (en gerundio).

6.-TRABAJA MIENTRAS LOS DEMÁS DESCANSAN

No mires al otro si hace más o menos que tú.

Haz lo que tú sabes hacer, sin tiempo, sin reloj, sin pensar más que en lo que tienes que hacer y, aunque otros duerman…

Por lo tanto,  trabaja en lo tuyo, en lo que te gusta,
con lo que más disfrutas.

7.-SE SIEMPRE UN CREADOR

Siéntete como un Dios…Crea, Idea, saca a la Luz todo tu Potencial…que los demás lo vean y disfruten.

8.-TIENES QUE SER TU PROPIA INSPIRACIÓN

Eres Único, Diferente, eres el Mejor en lo tuyo (Eres La mejor versión de ti mismo).

Hazlo saber a la gente con Humildad pero con Convicción.

9.-AMA LO QUE HACES O DÉJALO 

También, haz lo que sabes hacer, demuéstralo, no tengas miedo, eres experto en lo tuyo pero, si no estás convencido…Déjalo, Olvídalo.

Eres Único…Eres Imprescindible.

De Legalis Consultores (Ignacio Puig Carles)

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Abogado y Mediador. Reciprocidad y complementariedad

Friend or foe

Este título no me gusta. Aquí no es aplicable la palabra latina VERSUS (Contra, Contrario a…).

Hay que tratar al Abogado y Mediador, como complementos no como figuras contrapuestas.

Hasta que no se entienda que ambas figuras: ABOGADOS y MEDIADORES son complementarias, difícilmente podremos avanzar más rápido respecto a la Mediación en España y estar a niveles más altos como lo están en otros Países (incluso Sudamérica), en donde en este tema como en otros (Protección de Datos), nos llevan muchos años de ventaja.

Los Abogados debemos de entender que la figura del Mediador no es de rivalidad sino de complementariedad profesional (Abogado y Mediador).

Despachos de Abogados

Esto está ya pasando en Norteamérica, donde los grandes despachos de abogados que exclusivamente empleaban la vía Judicial, se han convertido en Asesores Legales, donde dan orientación al cliente según el tipo de conflicto, y de esta manera derivar a otras fórmulas de resolución de controversias a través de:

La Mediación, Arbitraje, Conciliación o, figuras intermedias como la Mediación-Arbitraje o el Arbitraje-Mediación o incluso procesos puros de Negociación.

Si un proceso de mediación fracasa aún nos queda la vía judicial y, mientras esté abierto un proceso judicial, siempre se puede llegar a la vía mediadora.

Es necesaria la figura de ambos profesionales.

Un Abogado con conocimiento y experiencia en Mediación dispone de un servicio más para su cliente o futuro cliente, y muchas veces esa pequeña diferencia  puede inclinar la balanza a su favor ya que se trata de un valor añadido a sus servicios profesionales (Abogado y Mediador).

Muchos despachos profesionales en España ya están incluyendo entre sus especialidades la Mediación.

Resolución de Conflictos

Un conflicto de menor entidad que puede resolverse eficazmente sin llegar a la vía judicial, se puede traducir en más tiempo, un bien escaso en esta profesión, que puede invertirse en otros casos de mayor importancia.

Y qué importancia tiene la Mediación para la resolución entre otros, de los “conflictos de familia”, donde prevalece el sentimiento, la emotividad, la falta de comunicación y que se eternizan en el tiempo, convirtiéndose en guerras de guerrillas entre las partes, sólo y exclusivamente para ganar terreno.

Luego el Juez decidirá  quién ha ganado esa Batalla (ya que la Guerra la pierden ambas partes)…¡ Y se terminó!.

Aquí entiendo que la figura de la Mediación abre muchas posibilidades (sobre todo de comunicación), sobre todo de cara a los hijos que lo único que desean es que sus padres finalicen las rivalidades.

De Legalis Consultores (Ignacio Puig Carles)

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Secreto de Confesión

  

Secreto de Confesión

Sin poder hablar

Dentro de la Iglesia Católica, todo sacerdote está obligado a guardar “Secreto de Confesión” bajo penas muy severas en caso de incumplimiento.

El Derecho Canónico y más en concreto en el cánon 983.1 establece que:

“El sigilo Sacramental es Inviolable; por lo cual está terminantemente prohibido al confesar descubrir al penitente, de palabra, o de cualquier otro modo, y por ningún motivo”.

No se admiten excepciones a esta norma. Es lo que se llama “el Sigilo Sacramental”…Todo queda sellado por el Sacramento de la Confesión.

Si algún sacerdote viola dicho “secreto” quedará automáticamente excomulgado. (cánon 983 y 1388 del Código Canónico).

Si bien el sacerdote no puede romper el sello de la confesión al revelar lo que se le ha dicho, ni usar dicha información de forma alguna, sí puede ayudar al penitente para llevarlo a una verdadera contrición, y de esta manera conducirlo hacia lo que “debe hacer”:

Por ejemplo decirle al penitente que se presente en cualquier comisaría de policía y que declare que ha cometido un delito.
Serán también excomulgados de forma automática, aquellas personas que capten mediante cualquier instrumento técnico (grabadoras…), o divulgue las palabras del confesor o penitente, ya sea la confesión verdadera o fingida, propia o ajena.

El “Sigilo Sacramental” obliga aunque no se obtenga la absolución de los pecados o la confesión resulte inválida.

El sacerdote (confesor), tampoco podrá ser testigo en ningún juicio, ni se le podrá obligar a dar testimonio de lo escuchado en confesión.

Esta norma obliga al sacerdote (confesor), aunque el penitente le releve del secreto y pida al sacerdote que lo manifieste (cánones 1.548 y 1.550).

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Asnef (Equifax). ¿En qué consiste?, ¿Se puede salir?

Asnef (Equifax). ¿En qué consiste?

Asnef (Equifax) es junto a Experian (Badexcug) dos de los más importantes Archivos de Solvencia Patrimonial, más conocidos como “Archivos de Morosos” o “Listas Negras”.

Por tanto, tanto el Asnef (Equifax) como Experian (Badexcug), son ficheros de datos de Incumplimiento de Obligaciones Dinerarias facilitados por los acreedores:

Entidades Financieras, Compañías telefónicas, Compañías de Seguros… y que se encuentran reguladas por el artículo 29 de la Ley 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos.

Las entidades partícipes de ficheros (Acreedores o futuros Acreedores), tienen acceso a ellas.

Si una persona física estuviese incluida en estos archivos, se le impedirá el acceso a la financiación o a la solicitud de cualquier operación de crédito.

salir de asnef
salir de asnef

Servicios de Información

Por tanto el objeto de su existencia y su finalidad es la prestación de “servicios de información” sobre la solvencia patrimonial y de crédito de datos relativos al cumplimiento o incumplimiento de Obligaciones Financieras.

Hay supuestos marcados por la ley donde la inscripción de citados datos de clientes no pueden estar en vigor y por tanto tienen que desaparecer.

Como salir de Asnef con Legalis Consultores

Desde Legalis Consultores y el Gabinete de Abogados (especializados por materias) que lo componen nos dedicamos desde hace años a dar de baja de estos listados a aquellas personas físicas que no deberían estar dentro y lo hacemos de forma profesional, aplicando la ley para aquellos supuestos que así se establece.

Nuestra actuación es en toda España.

De una manera rápida y efectiva damos respuestas a los problemas de personas que por diversas razones se han visto incluidas en dichos ficheros.

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Mediación en Sanidad

Mediación en Sanidad

Mediación Sanitaria

Dentro del ámbito Sanitario también se generan muchos conflictos que deben ser resueltos y a través de “la mediación” se podrían solucionar muchos de ellos, de manera pacífica, rápida y económica.

Los Conflictos Sanitarios hacen disminuir “la calidad” de los propios servicios sanitarios y del personal que ahí trabaja, así como la atención adecuada al paciente.

El conflicto en sí mismo es inherente al ser humano y no necesariamente tiene que ser negativo, ya que la forma de afrontarlo y las consecuencias del mismo pueden llegar a ser beneficiosos para las partes y su contexto, siempre que se aborde de forma correcta.

Se trata de llegar a un resultado: ganar-ganar.

Conflictos Sanitarios

Dentro del ámbito hospitalario se dan diversos conflictos:

–  De las relaciones interpersonales del personal sanitario: Sobre carga de trabajo, horarios, falta de espacios…

–  De la situación jerárquica (Propia de la organización de trabajo de los Centros Sanitarios):

mala comunicación interna, órdenes contrapuestas sobre una misma situación, baja capacidad de control…

–  Conflictos por la relación asistencial con los Pacientes.

–  Conflictos generados en los centros entre pacientes y familiares o acompañantes.

La Seguridad del Paciente debe ser una prioridad en el Sistema Nacional de Salud.

Evitar Conflictos

Se ha realizado un estudio, donde se ha llegado a la conclusión de que el 47% de los efectos adversos producidos en el ámbito hospitalario podrían haberse evitado.

Debe evitarse la vía judicial como único camino para la resolución de los conflictos.

Sólo por “mala praxis” se recibieron el año pasado cerca de 15.000 Quejas por parte de los pacientes.

Es por ello que con esa cantidad de quejas, es  necesario realizar una intervención en el sistema sanitario, a ser posible por vía pacífica y a través de un mediador que será neutral e imparcial y pondrá en marcha una serie de elementos para que las partes sean capaces de resolver por ellas mismas el conflicto.

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Préstamos con Capital Privado

  

Préstamos con Capital Privado

Financiación Privada

Voy a tratar un tema relacionado con el Asesoramiento Financiero, referido a la solicitud de préstamos con “Capital Privado”.

Hoy en día hay personas que necesitan liquidez para reestructurar sus desequilibrios económicos debido a un sin fin de motivos pero sobre todo a la crisis económica.

Mediante el Capital Privado, se ofrece la posibilidad de financiar deudas, proyectos o cualquier necesidad del solicitante.

En este tipo de operaciones interviene un Inversor (el que aporta el Capital) que los Bancos no conceden y, debido a ese mayor riesgo, se deben de aportar unas mayores garantías que se suelen concretar en la aportación de propiedades que deben estar “libres de carga” o “con poco capital pendiente de hipoteca”.

Es por ello que si además se conceden estas operaciones a pesar de estar en ficheros negativos como son:

Asnef o Experian (“ficheros de solvencia patrimonial”),
el tipo de interés de las mismas es más elevado que cualquier operación bancaria (aunque no todas las operaciones tienen el mismo tipo de interés ya que va a depender de las características del solicitante), pero por lo menos se conceden y se realizan sobre las garantías de cualquier propiedad (viviendas, plazas de garaje, terrenos urbanos, naves industriales, locales comerciales…).

Problemas de Liquidez

Por ello, este tipo de operaciones son para solucionar un problema puntual de liquidez (alguien que tiene propiedades pero no tiene dinero efectivo) o para salir de impagados o de morosidad con riesgos de embargo.

Hace unos pocos años este tipo de operaciones se solían hacer a un año máximo (e incluso a seis meses) y sin ningún tipo de garantías respecto al Inversor, hoy el tema está más regulado y existen empresas serias que ofrecen incluso la posibilidad de realizarlas a cinco años (incluso con posibilidad de renovación por otro periodo de cinco años), eligiendo el sistema de pagos “francés” (se pagan en cuotas mensuales compuestas de interés y capital que se va amortizando) o por el sistema de pagos “americano” (sólo se pagan intereses y se deja para la última cuota la amortización del capital:

Por ejemplo cuando se vende el piso que cuesta tanto vender. Al venderlo y tener liquidez ya podemos cancelar la operación).
Otros casos para los que se suele pedir este tipo de operaciones es:

Cuando se pretende financiar una herencia para su tramitación, para creación de negocio o como decía antes, cuando hay riesgo de embargo.

Por tanto este tipo de operaciones son para casos concretos y aconsejo realizarlas con empresas serias que además estén dadas de alta en el Ministerio de Consumo para poder ejercer este tipo de operaciones.

Hay varias empresas  a nivel nacional que por su:

Profesionalidad, eficacia, rapidez y asesoramiento personalizado, que hoy en día mantienen esos parámetros legales, lo que las convierten en  empresas serias sobre este tipo de operaciones crediticias con más de diez años de experiencia.

Dar soluciones

LEGALIS CONSULTORES colabora al 100% con dichas empresas  de Capital Privado por todo lo dicho y nos merecen la máxima confianza.

Deseamos dar soluciones y asesoramiento a nuestros clientes que lo necesiten.

Si estás interesado en operaciones de Capital Privado, ponte en contacto con nosotros y resolveremos tu situación financiera de forma rápida y eficaz.

También y a través de Grupos Inversores compran todo tipo de viviendas: pisos, chalets, apartamentos… a nivel nacional en 48 horas.

De Legalis Consultores (Ignacio Puig Carles). 

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Correo Electrónico como Prueba en Juicio

El Correo Electrónico y su utilización ante un Juicio  

 El Correo Electrónico ante un Juez

Ya traté en otro post el tema de las Grabaciones de Voz como medio de prueba dentro de un proceso judicial:

Grabaciones. ¿Es Legal hacer Grabaciones? ¿Se pueden presentar como prueba en Juicios?  pero,

¿Qué ocurre con los correos electrónicos? ¿Se pueden aportar como prueba documental en un juicio?

Nos gustaría saber tu opinión respecto a este asunto.
Estaríamos encantados de recibir tus comentarios después de leer este artículo.

La respuesta sería que en principio no debería haber problemas como documento probatorio, pero se deberá de aportar o poner a disposición del juzgado el “Código Fuente” a los efectos de que queden bien dibujados y perfilados la acreditación de la dirección del correo del emisor, la identidad del equipo, la identidad del servidor del correo saliente, la identidad del servidor del correo entrante, la fecha, hora de envío y recepción.

Es aquí también la decisión discrecional del Juez la que va a determinar cada caso en particular, va a ser su criterio el que va a permitir aceptarla o no como prueba en base sobre todo a que quede acreditada la autenticidad del correo enviado por el remitente y de todo lo que contenga.

Certificación de los Correos

Por ello, hoy en día, es recomendable acudir a empresas de certificación de correos electrónicos cuando enviamos mensajes a personas que por su importancia podamos pensar que pudiera devenir algún tipo de conflicto (correos electrónicos entre padres divorciados…).

Si lo hacemos de esta manera resultará más complicada su impugnación.

El tema viene dado debido a que un correo electrónico a fecha de hoy es fácilmente manipulable.

Al ser más una prueba electrónica que documental, deberemos de tratarla con cuidado.

Se puede manipular la firma digital, los servidores, los discos duros

Caso Noos

Es a partir del “Caso Noos” cuando vamos a asistir a más asuntos de inadmisión de “simples fotocopias de correos electrónicos” por parte de los Jueces.

Es por ello que me parece muy acertada la idea de acudir a esas empresas de Certificación de Mails que generan “Actas de Comunicación” (como las Actas Notariales), que demuestran la transmisión, el contenido íntegro y el acuse de recibo de todos los correos electrónicos  que se hayan validado.

Así se establece tras una Sentencia de la Sala Primera del Tribunal Supremo.

Este sistema acabará extendiéndose en poco tiempo y a todos los niveles como ya ocurre en el Reino Unido, Alemania…

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Mediación Intercultural. Como camino a la Interculturalidad

 

Mediación Intercultural

“En el cambio reside el Bienestar.” (Proverbio Árabe)

España es un compendio de culturas y, cada una de ellas durante todos los tiempos, nos han dejado su poso, su huella, su riqueza y su sabiduría que han ido configurando a España tal como la conocemos hoy en día y en lo que somos:

Cartagineses, Romanos, Godos, Musulmanes

La inmigración a principios de los años noventa se incrementa en España de manera considerable y es donde se pone a prueba a la sociedad española en su actitud frente al otro (frente al diferente).
Se pone a prueba los estereotipos de tipo racial, cultural y los prejuicios: etnocentrismo, miedo al otro, desconfianza

La lucha que va a defender y a favorecer esto la vamos a encontrar a través de la vía de:

La paz, armonía, solidaridad y el bienestar que buscamos tanto unos como otros.

Convivencia y Coexistencia

Debemos de buscar más que la “Convivencia” de culturas distintas, usos, costumbres, religiones, lenguas… la “Coexistencia”.

Los españoles y, por ende los inmigrantes, debemos de aprender a vivir juntos.

Es en la “Interculturalidad” o “Multiculturalidad” donde tod@s nos enriquecemos, aprendemos y por tanto avanzamos.

Hay que plantear vivir con esas diferencias pero desde los principios de “igualdad de derechos.”

La mediación Intercultural

“La Mediación Intercultural es una modalidad de intervención de terceras partes en y sobre situaciones sociales de multiculturalidad significativa, sobre todo hacia la consecución del reconocimiento del otro y el acercamiento de las partes, la comunicación y la comprensión mutua, el aprendizaje y desarrollo de la convivencia, la regulación de conflictos y la adecuación institucional entre actores sociales o institucionales etno-culturalmente diferentes.”

Esta es la descripción que realiza la Orden 8/2011 de 19 de mayo de la Conselleria de Solidaridad y Ciudadanía de la Comunidad Valenciana.

Hay que decir que es la primera Orden Jurídica del estado español que trata sobre la Mediación Intercultural y que es de aplicación para todas las personas físicas que realizan funciones  de Mediación Intercultural en la Comunidad Valenciana.

De Legalis Consultores (Ignacio Puig Carles)

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Sereno y en Calma siempre ante los Gritos

  

Sereno y en Calma

Porque Los hombres gritan para no oírse, para no oírse cada uno a sí  mismo, para no oírse los unos a los otros.” MIGUEL DE UNAMUNO.

Cuanto más grite y se exaspere tu oponente, más te ataque y pierda el control de sí mismo, más largo y profundo debe ser tu silencio, más calmada, serena e impasible tu actitud y más tardía y pausada tu respuesta. (Siempre Sereno y en Calma).

Decía Enrique Jardiel Poncela que “todos los hombres y mujeres  que no tienen nada que decir, hablan a gritos.”

¿Por qué gritas tú?

 Puede ser porque tu interlocutor no te escucha o se va por la tangente, y piensas que si le gritas, le obligarás así a escucharte.

Otras veces gritas para apagar las voces y las razones de tu conciencia, que no deja de recordarte esa realidad que pretendes pasar por alto.

Otras veces se grita, no sólo para oír la propia conciencia de uno sino, sobre todo:

Para no escuchar ni aprender los argumentos, las peticiones razonables y las demandas de los demás.

¡Nos duele la Verdad del otro y la Consistencia de sus argumentos!
Es por ello que como respuesta a los Gritos de la Maldad y de la Mentira, no conozco mejor respuesta que el profundo “Silencio del Desprecio”, en el sentido de no hacer el menor aprecio a esas personas y esas conductas.

De Legalis Consultores (Ignacio Puig Carles)  sobre textos de Bernabé Tierno.

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