Mediación Intercultural

Legalis Consultores.

Mediación en la Interculturalidad 

“En el cambio reside el Bienestar” (Proverbio Árabe)

España es un compendio de culturas y, cada una de ellas durante todos los tiempos, nos han dejado su poso, su huella, su riqueza y su sabiduría que han ido configurando a España en lo que es hoy en día y en lo que somos:

Cartagineses, Romanos, Godos, Musulmanes…

La Inmigración

La inmigración a principios de los años noventa se incrementa en España de manera considerable y es donde se pone a prueba a la sociedad española en su actitud frente al otro (frente al diferente).

Se pone a prueba los estereotipos de tipo racial, cultural y los prejuicios: etnocentrismo, miedo al otro, desconfianza

La lucha que va a defender y a favorecer esto la vamos a encontrar a través de la vía de la paz, armonía, solidaridad y el bienestar que buscamos tanto unos como otros.

Debemos de buscar más que la “Convivencia”:

de culturas distintas, usos, costumbres, religiones, lenguas… la “Coexistencia”.

Los españoles

Los españoles y, por ende los inmigrantes, debemos de aprender a vivir juntos.

Es en la “Interculturalidad” o “Multiculturalidad” donde tod@s nos enriquecemos, aprendemos y por tanto avanzamos.

Hay que plantear vivir con esas diferencias pero desde los principios de “igualdad de derechos.”

La Mediación Intercultural

“La Mediación Intercultural es una modalidad de intervención de terceras partes en y sobre situaciones sociales de multiculturalidad significativa, sobre todo hacia la consecución del reconocimiento del otro y el acercamiento de las partes,
la comunicación y la comprensión mutua, el aprendizaje y desarrollo de la convivencia, la regulación de conflictos y la adecuación institucional entre actores sociales o institucionales etno-culturalmente diferentes.”

Esta es la descripción que realiza la Orden 8/2011 de 19 de mayo de la Conselleria de Solidaridad y Ciudadanía de la Comunidad Valenciana.

Hay que decir que es la primera Orden Jurídica del estado español que trata sobre la Mediación Intercultural y que es de aplicación para todas las personas físicas que realizan funciones  de Mediación Intercultural en la Comunidad Valenciana.

De Legalis Consultores (Ignacio Puig Carles).

Logotipo Legalis Consultores

Legalis Consultores.

Si te ha gustado el artículo, te agradecería lo puedas compartir en tus redes sociales y te suscribas a nuestro BOLETÍN DE NOTICIAS de www.legalisconsultores.es

También puedes seguirnos por FACEBOOK: www.facebook.com/legalisconsultores.es

Además, estamos presentes  en TWITTER: @LegalisConsult

Gracias y…Te esperamos.

Mediación en Conflictos Deportivos. Resolución de Conflictos

Mediación en Conflictos Deportivos

Mediación en el ámbito Deportivo

La Mediación trata de resolver conflictos y estos se encuentran en diversos ámbitos de la sociedad entre ellos también en el Deportivo.

El deporte es “confrontación” y “competición”. Aquí pueden surgir y de hecho surgen disputas que han de ser resueltas y no eternizarse en el tiempo.

Pero el deporte también es “educación” al igual que lo es la Mediación.

Bien es cierto y, como muchas veces se dice, la Mediación no es la panacea para la solución de controversias, pero sí que es un proceso de construcción de acuerdos (que tienen que crear las partes en disputa) y que precisamente por ello tiende a la comunicación entre las mismas y a la duración en el tiempo de dichos acuerdos.

Muchas veces en el ámbito del deporte, el éxito, viene marcado por cómo se gestionan las relaciones dentro de un equipo.
No solo se trata de resolver el problema sino más bien que no deje consecuencias negativas.

Conflicto en el Deporte

El conflicto en el deporte puede surgir:

–         De la propia relación laboral de los deportistas con el Club, o de los propios entrenadores o equipo directivo.

–         En el ámbito Penal.

Se pueden producir todo tipo de agresiones, tensiones, atentados contra el honor de las personas como consecuencia de críticas contra las personas o miembros del Club o Federaciones deportivas  e incluso contra los miembros del Comité Disciplinario:

Disputas entre directivos de clubes enfrentados y rivales, disputas entre aficionados de distintos equipos…

–         En el ámbito Civil.

Aquí es donde se producen más litigios: Traspaso de jugadores de diferentes categorías o de distintos equipos, uso común de instalaciones deportivas, salidas y entradas de nuevos socios, derechos y deberes de los mismos, administración del patrimonio, las derivadas de cuestiones económicas, cumplimiento o no del régimen disciplinario, conflictos por los derechos de televisión o publicitarios, reglamentos (a veces muy rígidos) de las Federaciones y Clubes deportivos.

–         Conflictos Transfronterizos derivados de fichajes o traspasos.

El Comité Olímpico Internacional

Además, es tal su importancia que hasta el C.O.E. (Comité Olímpico Español) apuesta para la resolución de controversias la vía de la Mediación Deportiva (método extrajudicial)
y es partidaria de que en los contratos se incluya la cláusula de que para la resolución de conflictos se acuda primero a la vía de la Mediación, después al Arbitraje y en última instancia a la Jurisdicción Ordinaria.

Por lo tanto, debemos de fomentar la práctica del deporte (profesional, aficionado…) desde todos los ámbitos y poder conseguir que el “conflicto” (que en sí no es malo) pueda ser bien gestionado a fin de evitar males mayores y dar ejemplo a la sociedad, aficionados, socios y demás deportistas,
de las ventajas de haber podido encontrar soluciones acertadas entre las partes mediante el diálogo y la comunicación a través de un medio flexible de resolución de conflictos perdurable en el tiempo.

De Legalis Consultores (Ignacio Puig Carles)

Logotipo Legalis Consultores

Legalis Consultores

Si te ha gustado el artículo, te agradecería lo puedas compartir en tus redes sociales y te suscribas a nuestro BOLETÍN DE NOTICIAS de www.legalisconsultores.es

También, puedes seguirnos por FACEBOOK: www.facebook.com/legalisconsultores.es

Además, estamos presentes en TWITTER: @LegalisConsult

Gracias y…Te esperamos.

La Empatía. Su importancia en las relaciones personales

La Empatía

“Ponerse en el lugar del otro”

Me gusta mucho esta palabra.

“La Capacidad de una persona de ponerse en el pellejo de la otra” (tanto para bien como para mal).

De manera más formal y académica podemos decir que la Empatía:

Es la capacidad de percibir, en un contexto común, lo que otro individuo puede sentir”.

El término Empatía es relativamente nuevo pues no fue hasta 1909, cuando empieza a utilizarse y no tiene nada que ver con el Altruismo o la Compasión.

Habilidad

Se trata pues de una habilidad, tanto cognitiva como emocional de una persona, por la cual esta es capaz de ponerse en “la situación emocional” de otra persona.

Es mucho más que “la Simpatía”.

Es la verdadera manera de entender realmente a los demás, sus temores e incluso su alegría.

Escucha Activa

La persona  con Empatía tiene una verdadera capacidad de “Escucha Activa” de los problemas e inquietudes del otro y las carga como propias.

Sabe lo que el otro piensa y lo que el otro siente.

Es capaz de “saber leer” al otro.

Capaz de captar una gran cantidad de información a partir incluso del lenguaje no verbal, de sus palabras, del tono de su voz, de su postura y su expresión facial.

Desde ahí sabe deducir lo que está pasando dentro de ella y sobre todo lo que está sintiendo.

Aunque la Empatía es innata, se ha de ir ejercitando día a día.
Hoy en día es una habilidad muy necesaria en todos los aspectos de nuestras vidas:

ámbito laboral, político, de relaciones personales, de orientación a los desempleados, en procesos de mediación, en búsqueda de empleo…en general en las relaciones interpersonales con los demás.

Capacidad de Escucha

Como he señalado anteriormente, requiere de una “capacidad de escucha”, algo que hoy en día, por desgracia, es muy difícil de conseguir.

Sería necesario fomentar dicha habilidad, ya que podemos decir que es la clave para poder conectar de una forma extraordinaria con los demás, estrechar lazos de unión, solventar problemas, ayudar a los que verdaderamente están sufriendo:

Desempleo, crisis de ansiedad, problemas en general , y poder estar contagiados de la alegría y del sentido positivo de la vida.

De Legalis Consultores (Ignacio Puig Carles)

Logotipo Legalis Consultores

Legalis Consultores

Si te ha gustado el artículo, te agradecería lo puedas compartir en tus redes sociales y te suscribas a nuestro BOLETÍN DE NOTICIAS de www.legalisconsultores.es

Siguenos también por FACEBOOK: www.facebook.com/legalisconsultores.es

y en TWITTER: @LegalisConsult

Gracias y…Te esperamos.

Mediación aplicada a Comercios y Negocios

 

Mediación aplicada a Comercios y Negocios

Mediación Comercial

Existe en Valencia (y en muchas ciudades de España), el Centro de Mediación del Ilustre Colegio de Valencia (CMICAV) llevado por experimentados profesionales.

Recientemente dicho Centro de Mediación ha firmado un acuerdo con “la Federación de Gremios y Asociaciones de Comerciantes Valencianos”, de tal manera que los Comercios Valencianos que estén asociados a la Unión Gremial,
ofrecerá el servicio de Mediación a todos sus asociados, siendo la primera sesión informativa de carácter totalmente gratuita.

El objetivo de dicho convenio es poner sobre la mesa una vía pacífica de resolución de conflictos que puedan surgir dentro de este sector (y que de hecho se producen con bastante más asiduidad de lo que se pueda pensar).

También, el Mediador pone en manos de los Mediados, todo tipo de técnicas del proceso de mediación a fin de que las partes puedan llegar a acuerdos totales o parciales, evitando la vía judicial que siempre resultará más cara, larga y cuya solución lo determinará de forma discrecional el juez dictando una sentencia que o no satisfará a una de las partes o incluso a ninguna.

Centros de Mediación de Colegio de Abogados

Hasta mediados del 2014, el CMICAV ha dado atención desde su creación en abril de 2012 a un total de casi 4500 mediados (1.500 han sido asesorados de forma totalmente gratuita).

El Ratio de “acuerdos conseguidos” desde su puesta en marcha ha sido:

  •   62% en Intervención Hipotecaria.
  •   53% en el ámbito de lo Civil y Mercantil.
  •   50% en Mediación Familiar.

El origen de los conflictos dentro de los Comercios pueden producirse por diversos motivos:

Con la administración, entre los propios comerciantes, entre el comercio y sus clientes, entre trabajadores del mismo o distintos comercios…

También se producen conflictos de intereses con la aparición de comercios extranjeros (mediación intercultural).

El Conflicto es inherente a los negocios y a las empresas; los lugares de trabajo  lo constituyen diversos individuos con distintas personalidades e incluso diversas razas, que en ocasiones no son compatibles y pueden hacer que nazcan controversias.

Es por ello que se hace necesario, cada vez más, que aparezcan fórmulas novedosas y efectivas que ayuden a mitigar estos conflictos.

Por lo tanto, ¡Conozcamos que existe la MEDIACIÓN!

De Legalis Consultores (Ignacio Puig Carles)

Logotipo Legalis Consultores

Legalis Consultores

Si te ha gustado el artículo, te agradecería lo puedas compartir en tus redes sociales y te suscribas a nuestro BOLETÍN DE NOTICIAS de www.legalisconsultores.es

También, puedes seguirnos por FACEBOOK: www.facebook.com/legalisconsultores.es

Además, estamos presentes en TWITTER: @LegalisConsult

Gracias y…Te esperamos.

La Mediación y la resolución de Conflictos Laborales

La Mediación en asuntos Laborales

La Mediación Laboral

 Donde exista un conflicto entre partes es donde deberemos de buscar los cauces necesarios para la resolución de los mismos.
Por medios dialogados, voluntarios y más efectivos donde podamos encontrar una solución que satisfaga a ambas partes.

Dentro de las empresas, en muchas ocasiones, surgen conflictos.
Son problemas reales donde hay que buscar soluciones inmediatas e intentar evitar, en la medida de lo posible, la vía judicial.

Como medida alternativa a la resolución de los conflictos en el ámbito empresarial nos encontramos con la figura del “Mediador Laboral”.

No estamos ante una simple Negociación, en la Mediación Laboral, las partes transmiten al mediador toda la información valiosa que entre ellos mismos o por sus propios medios no hubiesen encontrado ni transmitido.

Posibles Conflictos laborales

Esta figura puede ser muy útil para conflictos relativos a:
Cambios de turno, jornadas laborales, interpretación de reglamentos internos, clima laboral, interpretación de clausulas de trabajo, relación de la dirección o jefatura con el empleado, diferencia entre trabajadores, interpretación de convenios colectivos, temas relacionados con tareas y responsabilidades de los empleados, problemas sindicales y un sinfín de materias donde se podría intervenir.

El mediador es una figura intermedia entre las partes que no va a tomar decisiones, sino que va a escuchar, preguntar, sondear, y ayudar a las partes, va a dirigir el proceso de comunicación para poder desentrañar el problema y, una vez detectado, las partes deberán de buscar la solución o soluciones.

Principios de la Mediación

Antes todo deberá de existir “Confianza” no sólo frente al mediador, sino frente al proceso de mediación.

El Mediador debe ser una persona imparcial, neutral, abierto a la escucha activa y deberá empatizar con las partes.

Otro tema muy importante es que el proceso debe ser totalmente confidencial.

La Mediación es un proceso Voluntario, Flexible
y lo más importante es el alto ahorro de costes que se puede conseguir comparándolo con la vía judicial e incluso arbitral (que en algunos casos puede llegar a ser de hasta el 76%).

También, es importante destacar que la desconfianza desmejorada de las relaciones laborales, puede generar una disminución en la productividad de las empresas.

Es por todo ello que debemos de apostar por esta vía de resolución de conflictos en el ámbito laboral e interprofesional,
en búsqueda de soluciones consensuadas por las partes.

De Legalis Consultores (Ignacio Puig Carles)

Logotipo Legalis Consultores

Legalis Consultores

Si te ha gustado el artículo, te agradecería lo puedas compartir en tus redes sociales y te suscribas a nuestro BOLETÍN DE NOTICIAS de www.legalisconsultores.es

Siguenos también por FACEBOOK: www.facebook.com/legalisconsultores.es

y en TWITTER: @LegalisConsult
Gracias y…Te esperamos.

Mediación en Sanidad

Mediación en Sanidad

Mediación Sanitaria

Dentro del ámbito Sanitario también se generan muchos conflictos que deben ser resueltos y a través de “la mediación” se podrían solucionar muchos de ellos, de manera pacífica, rápida y económica.

Los Conflictos Sanitarios hacen disminuir “la calidad” de los propios servicios sanitarios y del personal que ahí trabaja, así como la atención adecuada al paciente.

El conflicto en sí mismo es inherente al ser humano y no necesariamente tiene que ser negativo, ya que la forma de afrontarlo y las consecuencias del mismo pueden llegar a ser beneficiosos para las partes y su contexto, siempre que se aborde de forma correcta.

Se trata de llegar a un resultado: ganar-ganar.

Conflictos Sanitarios

Dentro del ámbito hospitalario se dan diversos conflictos:

–  De las relaciones interpersonales del personal sanitario: Sobre carga de trabajo, horarios, falta de espacios…

–  De la situación jerárquica (Propia de la organización de trabajo de los Centros Sanitarios):

mala comunicación interna, órdenes contrapuestas sobre una misma situación, baja capacidad de control…

–  Conflictos por la relación asistencial con los Pacientes.

–  Conflictos generados en los centros entre pacientes y familiares o acompañantes.

La Seguridad del Paciente debe ser una prioridad en el Sistema Nacional de Salud.

Evitar Conflictos

Se ha realizado un estudio, donde se ha llegado a la conclusión de que el 47% de los efectos adversos producidos en el ámbito hospitalario podrían haberse evitado.

Debe evitarse la vía judicial como único camino para la resolución de los conflictos.

Sólo por “mala praxis” se recibieron el año pasado cerca de 15.000 Quejas por parte de los pacientes.

Es por ello que con esa cantidad de quejas, es  necesario realizar una intervención en el sistema sanitario, a ser posible por vía pacífica y a través de un mediador que será neutral e imparcial y pondrá en marcha una serie de elementos para que las partes sean capaces de resolver por ellas mismas el conflicto.

De Legalis Consultores (Ignacio Puig Carles)

Logotipo Legalis Consultores

Legalis Consultores

NOTA: Si te ha gustado el artículo, te agradecería lo puedas compartir en tus redes sociales y te suscribas a nuestroBOLETÍN DE NOTICIAS de www.legalisconsultores.es

Siguenos también por FACEBOOK: www.facebook.com/legalisconsultores.es

y en TWITTER: @LegalisConsult

Gracias y…Te esperamos.

Mediación Intercultural. Como camino a la Interculturalidad

 

Mediación Intercultural

“En el cambio reside el Bienestar.” (Proverbio Árabe)

España es un compendio de culturas y, cada una de ellas durante todos los tiempos, nos han dejado su poso, su huella, su riqueza y su sabiduría que han ido configurando a España tal como la conocemos hoy en día y en lo que somos:

Cartagineses, Romanos, Godos, Musulmanes

La inmigración a principios de los años noventa se incrementa en España de manera considerable y es donde se pone a prueba a la sociedad española en su actitud frente al otro (frente al diferente).
Se pone a prueba los estereotipos de tipo racial, cultural y los prejuicios: etnocentrismo, miedo al otro, desconfianza

La lucha que va a defender y a favorecer esto la vamos a encontrar a través de la vía de:

La paz, armonía, solidaridad y el bienestar que buscamos tanto unos como otros.

Convivencia y Coexistencia

Debemos de buscar más que la “Convivencia” de culturas distintas, usos, costumbres, religiones, lenguas… la “Coexistencia”.

Los españoles y, por ende los inmigrantes, debemos de aprender a vivir juntos.

Es en la “Interculturalidad” o “Multiculturalidad” donde tod@s nos enriquecemos, aprendemos y por tanto avanzamos.

Hay que plantear vivir con esas diferencias pero desde los principios de “igualdad de derechos.”

La mediación Intercultural

“La Mediación Intercultural es una modalidad de intervención de terceras partes en y sobre situaciones sociales de multiculturalidad significativa, sobre todo hacia la consecución del reconocimiento del otro y el acercamiento de las partes, la comunicación y la comprensión mutua, el aprendizaje y desarrollo de la convivencia, la regulación de conflictos y la adecuación institucional entre actores sociales o institucionales etno-culturalmente diferentes.”

Esta es la descripción que realiza la Orden 8/2011 de 19 de mayo de la Conselleria de Solidaridad y Ciudadanía de la Comunidad Valenciana.

Hay que decir que es la primera Orden Jurídica del estado español que trata sobre la Mediación Intercultural y que es de aplicación para todas las personas físicas que realizan funciones  de Mediación Intercultural en la Comunidad Valenciana.

De Legalis Consultores (Ignacio Puig Carles)

Logotipo Legalis Consultores

Legalis Consultores

Si te ha gustado el artículo, te agradecería lo puedas compartir en tus redes sociales y te suscribas a nuestro BOLETÍN DE NOTICIAS de www.legalisconsultores.es

Siguenos también por FACEBOOK: www.facebook.com/legalisconsultores.es

y en TWITTER: @LegalisConsult

Gracias y…Te esperamos.

Mediación Familiar: Mediación en Procesos de Separación. (Parte 2)

Mediación Familiar. (Parte 2)

La Mediación, como veníamos tratando en el post anterior:
La mediación en procesos de separación. Parte I,  (Mediación Familiar)  es otra forma de resolución de conflictos, entre ellos familiares, y es una vía que está en alza logrando en la actualidad casi un 85% de acuerdos entre las partes, totalmente beneficiosos para ellos y, como decíamos, sobre todo para los hijos.

La Mediación decíamos que tenía como ventaja (entre otras muchas), descargar a los juzgados de asuntos que pueden resolver estos conflictos con unos buenos resultados.

Siempre podrá haber mediación de estos casos mientras no haya existido ningún tipo de violencia entre las partes (ni del hombre a la mujer, ni de la mujer al hombre).

En estos casos la mediación no podría llevarse a cabo.

Normativa

Como Legislación nos encontramos con la Orden JUS/746/2014,
de 7 de mayo donde se crea el fichero de mediadores e instituciones de mediación.

Real Decreto 980/2013 de 13 de diciembre, donde se desarrollan determinados aspectos de la Ley 5/2012 de 6 de julio,
de mediación en asuntos Civiles y Mercantiles.

Esta posibilidad se plasma en que la mediación evita en la actualidad cuatro de cada diez pleitos.

Separación y Divorcio

Por tanto la importancia de que una pareja que deciden separarse o divorciarse (y mientras no haya existido ningún tipo de violencia mutua entre ellos), eligen a un mediador de forma voluntaria (que debe ser totalmente imparcial), con la finalidad de poder llegar a unos acuerdos consensuados que satisfaga a ambas partes a los efectos de poder reorganizar su relación  como padres, clarificarse e identificar los intereses en común y salgan satisfactorios sobre todo lo concerniente a los hijos.

Situaciones que persiguen que se establezcan unos derechos sobre los hijos, hacerles entender esa nueva situación (sin traumas) y facilitarles la adaptación.

Divorciarse es en sí mismo un proceso doloroso, caro y complicado, pero gracias a esta vía, el proceso resulta menos conflictivo.

En el caso de llegar a un acuerdo las dos partes, el mediador redactará al final un documento donde queden plasmadas todos los puntos acordados.

Convenio Regulador

Este documento denominado: “Borrador de Convenio Regulador”, tendrá que adjuntarse después a la demanda de divorcio que se interponga ante los tribunales y será examinado por un Juez, que se asegurará que se respete la Ley y de que ninguno de los implicados (cónyuges  o hijos), salgan perjudicados. Si el juez lo aprueba y homologa, el convenio tendrá la misma validez que si lo hubiese dictado el mismo tras un proceso contencioso.

También se puede pedir un mediador para presentar por ejemplo, una modificación de medidas pactadas en el pasado.
Incluso si se está inmerso en un proceso contencioso,
también se puede solicitar esta medida como última oportunidad de entenderse ambas partes.

De Legalis Consultores.( Ignacio Puig Carles).

Logotipo Legalis Consultores

Legalis Consultores

Si te ha gustado el artículo, te agradecería lo puedas compartir en tus redes sociales y te suscribas a nuestro BOLETÍN DE NOTICIAS de www.legalisconsultores.es

Siguenos también por FACEBOOK: www.facebook.com/legalisconsultores.es

y en TWITTER: @LegalisConsult

Gracias y…Te esperamos.

La Mediación Familiar en procesos de Separación. (Parte 1)

 

La Mediación Familiar. (Parte 1)

Me toca tratar  de la Mediación aplicada a los procesos de separación/divorcio como medida para la solución de conflictos y donde entiendo  que, con una voluntad aplicada aquí en mayor medida, tiene unas posibilidades muy amplias de éxito.
Algunos piensan que No.

¡Yo estoy convencido de que SI!

Y además creo que es la mejor manera de llegar a la solución de muchos puntos divergentes que se producen tras esa sseparación/divorcio, donde cada parte quiere ganar (de eso se trata), además sin desgaste, sin tensiones innecesarias y sobre todo cuando hay hijos de por medio que es el bien más preciado que hay que salvaguardar.

No es una fórmula mágica y requiere de un trabajo específico y, como decía antes, de una Voluntad clara de las partes es simplemente la mejor manera de llegar a un consenso, para que ambas partes junto a los hijos tras la ruptura, salgan bien paradas.
Cuando hay una voluntad sincera y madura de resolver los problemas y evitar daños colaterales, la Mediación es la única fórmula como medio para solucionarlo.

¿Qué es imposible?, yo digo que no hay nada imposible y hay mucho que se puede hacer.

Odios y Venganzas

Los Odios, las Venganzas, no llevan a ningún lugar y, lo digo por experiencia propia.

Me hubiese gustado llevar mi separación a través de un proceso de Mediación Familiar, sigo luchando porque así sea y sé que al final lo conseguiré.

Se trata de acercar posturas y salvar lo que más necesitan nuestros hijos, a una Madre pero también a un Padre que les sirva de referencia dentro de un ambiente de armonía y respeto.

Ellos lo agradecerán y…muchísimo. Se evitan muchas situaciones dramáticas, recelos, situaciones de despecho, odios innecesarios que no llevan a ningún lugar.

Como decía no es Imposible (esta palabra la tenemos que enterrar). Es cuestión de querer hacerlo (por mucho dolor que uno guarde en su interior).

Al final el tiempo dará la razón a quien tenga que dársela, pero de momento el presente hay que resolverlo y por supuesto la Felicidad de nuestros hijos.

De Legalis Consultores (Ignacio Puig Carles).

Logotipo Legalis Consultores

Legalis Consultores

Si te ha gustado el artículo, te agradecería lo puedas compartir en tus redes sociales y te suscribas a nuestro BOLETÍN DE NOTICIAS de www.legalisconsultores.es

Siguenos también por FACEBOOK: www.facebook.com/legalisconsultores.es

y en TWITTER: @LegalisConsult

Gracias y…Te esperamos.

Mediación Comunitaria. Conflictos Vecinales

  

Mediación Comunitaria

“Tenemos que aceptar las ideas diferentes a las nuestras, sin prejuicios ni discriminaciones. La base del respeto, favorece la buena relación vecinal”. Carmen Carceler.

Dentro de los procesos de Mediación como medidas o cauces para la solución de conflictos, nos encontramos con la mediación aplicada a “conflictos vecinales” dentro de una Comunidad de Propietarios.

Temas de conflictos originados por: Ruidos, vecinos molestos, derramas, problemas con el ascensor, molestia con juegos de niños, permisos no concedidos de obras, impagos de cuotas, malos olores, usos indebidos de zonas comunes, animales domésticos… , son situaciones que día a día se dan dentro de las Comunidades Vecinales y, donde la intervención de un Mediador neutral e imparcial (como ya hemos visto en otros post):

La mediación otra alternativa para resolver conflictos. Parte 1 y   La mediación. Parte 2.- Conflictos Escolares

pretende favorecer el diálogo fluido entre las partes en conflicto a fin de llegar a un acuerdo consensuado que satisfaga a todos.
Se pretende evitar un procedimiento contencioso que siempre resultará más caro y duradero.

No sólo se trata de solucionar los conflictos enquistados del pasado sino también los presentes y evitar los que puedan producirse en el futuro.

Como ya comenté, el Mediador no toma ninguna decisión ni plantea sus propias opiniones.

No puede tomar parte a favor de uno u otro. Son las partes, mediante el diálogo, quien tienen el verdadero protagonismo para la solución de conflictos.

Una solución que, como decía, permite que todos salgan ganando.
Eso sí, la Mediación tiene que ser “Voluntaria”, ya que sin este requisito no se puede llegar a plantear.
Lo importante es que estos acuerdos y, dentro de los Conflictos Vecinales, van a durar en el tiempo.

Los acuerdos tomados tienen un efecto a largo plazo.

De Legalis Consultores (Ignacio Puig Carles).

Logotipo Legalis Consultores

Legalis Consultores

Si te ha gustado el artículo, te agradecería lo puedas compartir en tus redes sociales y te suscribas a nuestro BOLETÍN DE NOTICIAS de www.legalisconsultores.es

También puedes seguirnos por FACEBOOK: www.facebook.com/legalisconsultores.es

Además, estamos presentes en TWITTER: @LegalisConsult

Gracias y…Te esperamos.

Esta web utiliza cookies propias y de terceros para analizar nuestros servicios y mostrarle publicidad relacionada con sus preferencias en base a un perfil elaborado a partir de sus hábitos de navegación. Al hacer clic en el botón Aceptar, acepta el uso de estas tecnologías y el procesamiento de sus datos para estos propósitos. Más informaciónPersonalizar Cookies   
Privacidad